
Cybersecurity Startup Program
Convocatoria y bases de participación
1. Promotora: la Asociación Valencia de Startups (en adelante, “Startup Valencia”).
2. Contexto: Startup Valencia, en línea con sus fines de promoción e impulso del emprendimiento, junto al S.M.E. Instituto Nacional de Ciberseguridad de España M.P., S.A. (en adelante “INCIBE”) impulsan el Cybersecurity Startup Program, (en adelante, el “Programa”), para la selección e impulso de talento, proyectos, startups y tecnologías de ciberseguridad, y para el desarrollo de acciones del programa INCIBE Emprende, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.
3. Objetivos: los Programas tiene como fines u objetivos: (i) descubrir el mejor talento y conocimiento en Ciberseguridad; (ii) detectar aquellas ideas de negocio innovadoras y/o diferenciadoras y, sobre esa base, (iii) construir equipos emprendedores multidisciplinares; (iv) identificar y validar modelos de negocio con impacto social y económico que descansen sobre tales recursos de las Universidades (talento y conocimiento); y (v) dar formación jurídica y empresarial específica; todo ello con la finalidad última de enfocar los Proyectos a su constitución como empresas y a las Startups a avanzar en sus objetivos.
4. Calendario:
Programa de Incubación:
Sesión introductoria: martes, 4 de marzo, 2025 de 16:00 a 19:00 h
Sesiones formativas y de mentoring del 1 de abril al 1 de junio, 2025
Horario:
Sesiones formativas: Martes de 16:00 a 19:00 h
Sesiones de mentoring: Jueves de 16:00 a 19:00 h
Demo Day: jueves, 3 de julio, 2025
Programa de Aceleración:
Sesiones formativas:
FASE 1 – 2 de mayo a 4 de julio
FASE 2 – 2 de septiembre a 4 de noviembre
Horario:
Martes de 16:00 a 19:00 h – Presencial, La Harinera
Viernes de 10:00 a 12:00 h – Online
Mentorización: 45 horas por startup en horario libre.
Consultoría: 30 horas
Demo Day: jueves, 6 de noviembre, 2025
5. Lanzamiento de la Convocatoria: La presente convocatoria, se considerará lanzada desde su publicación y comunicación pública por parte de Startup Valencia.
6. Candidatos:
Requisitos para participar en el programa de incubación:
- Personas físicas qué aun careciendo de personalidad jurídica, puedan desarrollar dichas ideas/proyectos.
- Debe tratarse de ideas/proyectos en ciberseguridad, o de cualquier otro ámbito o sector, siempre en este último caso, que las tecnologías para su desarrollo precisen la integración de un componente de ciberseguridad.
- Las ideas/proyectos a presentar deben encontrarse en fase semilla (Pre-seed & Seed), ser escalables, ser diferenciadores a la hora de solucionar los problemas/necesidades de los clientes, tener potencial de crecimiento y proyección de mercado y necesitar de apoyo para su desarrollo.
- Las ideas/proyectos deben tener un mínimo grado de desarrollo (definir el problema e identificar la solución) y ser técnicamente viables (que sea posible su desarrollo atendiendo a sus características).
- Las ideas/proyectos no deben haber sido previamente incubadas en un Programa de INCIBE.
Requisitos para participar en el programa de aceleración:
- Podrán acceder todas las startups (empresas emergentes) de base tecnológica, independientemente de su sector y estadio de madurez (early stage, growth, expansión o scale-up y que:
- Debe tratarse de empresas de ciberseguridad, o de cualquier otro ámbito/sector, siempre que, en este último caso, precisen incorporar la ciberseguridad en su cadena de valor.
- Sean sociedades mercantiles, que se hayan constituido legalmente en España (quedan excluidas por tanto las sociedades civiles y las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro).
- Desarrollen una actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado y estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Cumplan las condiciones para ser consideradas start-ups, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.
- Sean microempresas o Pymes.
- No hayan sido previamente aceleradas en un Programa de INCIBE.
Las personas candidatas que se identifiquen como personas con discapacidad deberán aportar, junto con su solicitud de participación, el Certificado RIGOR expedido por Fundación ONCE u otro documento oficial equivalente que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. La aportación de dicha documentación permitirá a la entidad organizadora valorar, en su caso, la adopción de adaptaciones razonables durante el proceso de selección y participación en el programa.No obstante, previa valoración técnica, la entidad organizadora podrá acordar motivadamente la no admisión de la persona candidata cuando las necesidades específicas del perfil no puedan ser atendidas adecuadamente dentro del alcance del programa, sin que ello tenga carácter discriminatorio.
7. Selección de los Participantes: Startup Valencia evaluará las Candidaturas, seleccionando un máximo de 20 candidatos de la convocatoria para el programa de Incubación y un máximo de 10 candidatos de la convocatoria para el programa de Aceleración (en adelante, los “Participantes”).
Startup Valencia, a través del correo electrónico indicado en la Candidatura, procederá a comunicar la selección de los Participantes elegidos. Los Participantes deberán confirmar la recepción del correo electrónico, así como su voluntad de seguir en el Programa.
8. Obligaciones de los Participantes: los Participantes que resulten seleccionados, asumirán las obligaciones que se relacionan a continuación y que se mantendrán, en caso de resultar seleccionados, desde la fecha de inicio y hasta su finalización
- Aprovechar al máximo los apoyos encaminados a la aceleración del Proyecto;
- Desarrollar y explotar el Proyecto respetando las normas internas e instrucciones que, al efecto, se indiquen por el equipo organizador.
- Participar en un mínimo del 80% de las clases que se programen.
9. Premio: el equipo ganador de cada programa (incubación y aceleración) recibirá una dotación de 5.000 euros a través de transferencia bancaria en los siguientes 30 días hábiles a partir del final del Demo Day.
Para recibir el premio, el participante ha de asistir presencialmente un 80% del total de las horas establecidas del Programa.
Premios de juegos, concursos, rifas… sujetos a retención, distintos de los sujetos a GELA, al amparo de lo previsto en el Art.101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y Artículo 75.3 f) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Art.101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
- 7. El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculadas a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios, será del 19 por ciento.
Artículo 75.3 f) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas:
- 3. No existirá obligación de practicar retención o ingreso a cuenta sobre las rentas siguientes:
- f) Los premios que se entreguen como consecuencia de juegos organizados al amparo de lo previsto en el Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas, y demás normativa estatal y autonómica sobre el juego, así como aquellos cuya base de retención no sea superior a 300 euros.
10. Difusión y cesión de derechos: los Participantes autorizan a Startup Valencia, de manera conjunta o separada, a difundir su participación en el Programa con aquellos recursos puestos a su disposición como consecuencia de su ejecución (signos distintivos, descripciones de los Proyectos, imágenes, etc.), con el objetivo de dar a conocer los resultados al público general, sin que de ello se genere ninguna compensación, regalía o remuneración a su favor. En tal sentido, los Participantes autorizan a Startup Valencia a la captación y difusión de grabaciones, imágenes y audios, por cualquier medio y en cualquier formato, de cuantos eventos realice, a los efectos de maximizar su repercusión en el marco del Cybersecurity Startup Program. Esta autorización será gratuita, de carácter mundial e ilimitada en el tiempo y con facultad de cesión a terceros.
11. Registro de actividades de tratamiento de datos de carácter personal: en cumplimiento de la legislación vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, Startup Valencia ponen en conocimiento de los Participantes quienes deben aceptar y consentir para poder participar, que los datos de carácter personal que introduzcan serán tratados por ésta de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, con la finalidad de gestionar la participación de los interesados en el Cybersecurity Startup Program y campañas comerciales o promocionales de cualquiera de Startup Valencia que se realicen con posterioridad, en su caso, en base al consentimiento recibido de los Participantes.
Los datos recogidos y tratados por Startup Valencia serán comunicados a empleados de INCIBE, otros empleados de empresas contratistas privadas encargados del tratamiento de datos, otros empleados públicos de la Administración Pública del Estado y de la Unión Europea, y a Entidades públicas o privadas firmantes de los Acuerdos o Convenios de Colaboración. No está prevista la transferencia internacional de datos.
FINES: recogida de información y su tratamiento estadístico, motivada por la participación y el desarrollo de acciones de captación (charlas, talleres y eventos), incubación, aceleración y aceleración exprés, del PROGRAMA INCIBE EMPRENDE en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia-financiado por LA UNIÓN EUROPEA – NEXT GENERATION EU.
BASE LEGÍTIMA: LOPDGDD Artículo 19 y RGPD. Artículo 6.1.a), c) y f)
DATOS PERSONALES:
▪ Datos identificativos y de contacto: Imagen (foto) y firma, Nombre y Apellidos, DNI /NIE, Lugar y fecha de nacimiento (edad), Nacionalidad, Estado, Domicilio y lugar de residencia, Correo electrónico, Teléfono.
▪ Datos con fines estadísticos, para su tratamiento anónimo: Circunstancias sociales, académicas y profesionales, pertenencia a colectivos desfavorecidos y de exclusión social (discapacidad, raza o etnia gitana, Refugiados, Inmigrantes, Personas reclusas, Mujeres en situación de dificultad social y violencia de género, Personas sin hogar o con dificultades económicas.)
PLAZOS DE CONSERVACIÓN: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
MEDIDAS DE SEGURIDAD Medidas jurídicas, técnicas y organizativas en el marco del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril (GDPR) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de protección de datos y garantía de los derechos digitales y demás normativa aplicable en materia de protección de datos
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: Serán corresponsables del tratamiento INCIBE y Startup Valencia.
E-MAIL DEL DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS INCIBE: dpd@incibe.es
E-MAIL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO ENTIDAD COLABORADORA: hello@startupvalencia.org
Puede obtener más información sobre sus derechos de información personal (acceso, rectificación, olvido, limitación, portabilidad, oposición y eliminación) y ejercer sus derechos, en el siguiente correo electrónico: hello@startupvalencia.org.
12. Reservas y limitaciones: las presentes Bases se publican al objeto de establecer las condiciones de participación de los Proyectos en el Cybersecurity Startup Program, sin que supongan ningún tipo de vínculo o relación contractual alguna con ninguna de Startup Valencia, salvo que se suscriba así al efecto a partir de estas. Los Participantes deberán asumir todos los costes y gastos derivados de su participación, así como las obligaciones fiscales o administrativas que de su participación se pudieran derivar. Asimismo, Startup Valencia no asumirán más costes que los estrictamente descritos en estas Bases, quedando fuera todos aquellos gastos asociados al desplazamiento o asistencia en las fechas del Cybersecurity Startup Program.
Startup Valencia se reserva el derecho unilateral a suspender, anular o declarar desierto el Cybersecurity Startup Program o cualquiera de sus fases o vacantes disponibles, así como a modificar cualquiera de sus Bases, comunicándolo a través de su página web o mediante correo electrónico. Además, se reservan el derecho de reconfigurar parcialmente las Bases, si existiesen supuestos no previstos en las mismas o fuera necesaria cualquier clase de aclaración en relación con la celebración del Cybersecurity Startup Program.
13. Aceptación de las Bases: con la presentación de la Candidatura, el Participante acepta todos y cada uno de los términos y condiciones incluidos en las presentes Bases, sin reservas ni limitaciones. La participación en el Cybersecurity Startup Program implica el conocimiento, entendimiento y aceptación de las presentes Bases, de la política de privacidad y de las condiciones de participación y uso, por parte de los Participantes. La participación en el Cybersecurity Startup Program supone el consentimiento para trasladar toda la documentación a Startup Valencia y demás personas, compañías, organizaciones o instituciones necesarias para el buen fin de este, en los términos previstos en las Bases, así como la obligación de no realizar ninguna actuación, por acción u omisión, que pueda impactar en la reputación de Startup Valencia.
14. Independencia: nada en las presentes Bases podrá interpretarse como una oferta de empleo, de prestación de servicios o compromiso por parte de Startup Valencia en nada que exceda el contenido y objetivo del Cybersecurity Startup Program.
15. Generalidades: cualquier cuestión o duda que pueda surgir en la interpretación de estas Bases será resuelta por Startup Valencia o la persona física o jurídica en quien delegue, a criterio exclusivo de éstas. Cualquier reclamación en relación a las presentes Bases estará sometida a la legislación española y a los juzgados y tribunales de la ciudad de Valencia (España).
Para solicitar más información remite un e-mail a hello@startupvalencia.org o consulta la web https://programs.startupvalencia.org/cybersecurity-startup-program.
¡Muchas gracias por tu participación!